Notaría Pública N° 17
Blvd. Independencia #720 Pte.
Interior 3.
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Torreón, Coahuila
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Una vez cubierto y/o liquidado el préstamo hipotecario en su totalidad, puede procederse a la cancelación registral.
Esto es la eliminación en el Registro de la Propiedad de la inscripción de la carga que figura sobre una vivienda. Para que esto suceda debe firmarse una escritura de cancelación ante notario y ser inscrita en el Registro, anulando la citada carga.
Se trata de un trámite legal sencillo, que generalmente suele efectuar el banco o caja tras la cancelación financiera de la hipoteca.
Para comprobar si se ha cancelado efectivamente una hipoteca registralmente, puede pedirse un Certificado de Libertad de Gravamen y comprobar si sigue existiendo la carga de la hipoteca o no.
REQUISITOS:
PERSONA MORAL (BANCO).
1.- Escritura dónde se otorgo la hipoteca.
2.- Carta de cancelación, debidamente firmada (en caso que fuera por medio de un banco).
3.- Personalidad del banco.
4.- Poder del apoderado legal del banco.
5.- Datos generales (I.F.E. y CURP del apoderado del banco).
PERSONA FISICA (QUIEN CANCELA LA HIPOTECA).
1.- Datos generales (I.F.E. y CURP).
2.- Escritura dónde se otorgo la hipoteca.
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